Ampliación del plazo de solicitud: del 10 al 22 marzo, incluido
Para presentar la solicitud a estas ayudas no será necesario estar al corriente en las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica. Esta exoneración se aplicará también a las solicitudes ya presentadas en el anterior plazo de solicitud.
Consulta toda la información: https://reactivacionempresas.extremaduraempresarial.es/
Desde la Dirección General de Empresa hemos habilitado un sistema de información para que puedas resolver tus dudas sobre estas ayudas:
- Tel. 900 108 353 (horario de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes)
- En el mail ayudasreactivacion@juntaex.es