REGLAMENTO REGIMEN ELECTORAL RESOLUCIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL 6-12-2002

CONVOCATORIA ELECCIONES VOCAL MARZO 2020

RESOLUCIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO 19 FEBRERO 2020

Por la que se convocan elecciones para cubrir el cargo de Vocal del Comité Ejecutivo del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España, y aprobación del Calendario Electoral, de conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos Generales.
El Comité Ejecutivo del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España de acuerdo a lo previsto en el artículo 33 de los Estatutos Generales R.D. 1001/02, en la reunión celebrada el día 19 de Febrero de 2020 acordó las adaptaciones específicas y fechas según los artículos siguientes:
Primero.-
Convocar elecciones generales para cubrir el cargo de un Vocal del Comité Ejecutivo del Consejo General, aprobando igualmente el Calendario Electoral que figura como Anexo en la presente Resolución, todo ello de conformidad con los vigentes
Estatutos Generales.
Las elecciones tendrán lugar el día 28 de Marzo de 2020 en el Hotel Catalonia Atocha, calle de Atocha, 81, 28012 Madrid, en horario de 13:30 a 14:15 horas.
Segundo.-
1. Cargos a que afecta la elección: Vocal
2. La candidatura para el cargo mencionado tendrá un período de duración coincidente con las prevenciones establecidas en los Estatutos Generales.
3. No podrán ser candidatos aquellos que el último día de presentación de candidaturas se encuentren en alguna de estas situaciones:
• los fisioterapeutas que no ejerzan la profesión
• los condenados por sentencia firme que lleve aparejada la inhabilitación o suspensión para cargos públicos, en tanto éstas subsistan
• los fisioterapeutas que se encuentren el momento de presentar la candidatura sancionados disciplinariamente por resolución firme por su Colegio o el Consejo

4. De conformidad con los vigentes Estatutos Generales, la elección de los miembros del Comité Ejecutivo será efectuada por votación directa, secreta e intransferible de los Consejeros Natos y Electivos o quienes le sustituyan estatutariamente, a cuyo efecto estos acudirán personalmente a depositar su voto.