Las terapias manuales solamente podrán realizarse por fisioterapeutas en centros sanitarios

El pasado mes de octubre, el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España, recibía respuesta por parte del Ministerio de Sanidad, a la carta enviada para poner en conocimiento la sentencia del Tribunal Supremo 3993/2021 solicitando un informe donde se estableciera que las actividades de osteopatía, quiropraxia y quiromasaje requieren autorización sanitaria y deben insertarse en la U59 determinado en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Por su parte, el Ministerio, ha contestado ratificando la sentencia del TS donde se indica que las terapias naturales, como la osteopatía, quiropraxia y quiromasaje, son actividad sanitaria y deben ejercerse bajo la vigilancia y el control de personal sanitario y en instalaciones que tengan la consideración de centros sanita rios; es decir, se encuadran dentro de la Unidad U.59 Fisioterapia y U.101 Terapias no convencionales, del Anexo II del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre.

Desde el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Extremadura se ha informado personalmente a la DirecciÓn General de Planificación, Dirección General de Salud Pública, Alcalde de Cáceres y Alcalde de Badajoz para el control e inspección de centros y se ha difundido a través de FEMPEX a todos los municipios integrados.