Desde el 23 de abril hasta el 31 de julio de 2020 se aplicará el tipo del 0% de IVA a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la pandemia con los siguientes requisitos:

  •  Los bienes son los enumerados en el anexo del RD-Ley 15/2020, de 21 de abril.

Más información aquí.

  •  Los destinatarios deben ser entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social a que se refiere el apartado tres del artículo 20 de la Ley 37/1992 del IVA, entre los que se encuentran los centros sanitarios. Estas operaciones se documentarán en factura como operaciones exentas.

Recordamos el listado de empresas proveedoras de material de protección en este enlace.